domingo, 1 de noviembre de 2009

Tacografo,.. y eso, ¿que coño es? (part.2) Normativa - conceptos

Ya hemos visto lo que es un TACOGRAFO, ahora veremos que es lo que controla.

Esta parte es probablemente, la mas engorrosa y dificil de entender para un profano.
Es tal su complejidad, que aun hoy dia ni los mismos camioneros se ponen de acuerdo en su interpretacion y aplicacion.
Intentare explicaroslo de forma tranquila, detalla y sencilla, para que me entendais.

Vamos a empezar con unos conceptos imprescindibles:

«tiempo de trabajo»: todo período comprendido entre el inicio y el final de la jornada de  trabajo, durante el cual el conductor está en su lugar de trabajo, a disposición del empresario y en el ejercicio de sus funciones y actividades.
  • el tiempo dedicado a todas las actividades de transporte por carretera. Estas actividade incluyen, en particular:

  • la condución,

  • la carga y la descarga,


  • la limpieza y el mantenimiento técnico,


  • todas las demás tareas cuyo objeto sea garantizar la seguridad del vehículo, de la carga o cumplir las obligaciones legales o reglamentarias directamente vinculadas a una operación de transporte específica que se esté llevando a cabo, incluidos el control de la carga y descarga, los trámites administrativos de policía, aduanas, funcionarios de inmigración, etc.;

  • los períodos durante los cuales el conductor no puede disponer libremente de su tiempo y tiene que permanecer en su lugar de trabajo, dispuesto a realizar su trabajo normal, realizando determinadas tareas relacionadas con el servicio, en particular, los períodos de espera de carga y descarga, cuando no se conoce de antemano su duración previsible.
Resumiendo, "el tiempo de trabajo", es el esta comprendido entre el principio de la jornada y el final y durante el cual, el conductor, puede conducir, supervisar la carga o descarga, cambiar una rueda, repostar, esperar a que te empiecen a cargar o descargar, presentar documentacion a requerimiento de los agentes, seguir las intrucciones en una aduana, etc.

 «tiempo de disponibilidad»:
  • los períodos distintos de los períodos de pausa o de descanso durante los que el conductor no está obligado a permanecer en su lugar de trabajo, pero tiene que estar disponible para responder a posibles instrucciones que le ordenen emprender o reanudar la conducción o realizar otros trabaj
  • para los conductores que conducen en equipo, el tiempo transcurrido durante la circulación del vehículo sentado junto al conductor como copiloto
Resumiendo, "el tiempo de disponibilidad", es en el que un conductor no esta obligado a permanecer en el camion, pero tampoco esta descansando, sino a disposicion de la empresa, por ejemplo, mientras acompaña el camion en un transbordador, o en un tren, cuando debe permanecer a la espera por documentacion en una empresa o en una frontera, o cuando no puede circular debido a una prohibicion.
Del mismo modo, cuando un camion lleva "doble dotacion", (2 conductores), mientras uno conduce, el copiloto, esta en "tiempo de disponibilidad"




«semana»: el período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo;

«pausa»: cualquier período durante el cual un conductor no pueda llevar a cabo ninguna actividad de condución u otro trabajo y que sirva exclusivamente para su reposo;

«descanso»: cualquier período ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo;


«período de descanso diario»: el período diario durante el cual un conductor puede disponer libremente de su tiempo y este puede ser:
  • «período de descanso diario normal»: cualquier período de descanso de al menos 11 horas. Este periodo de descanso diario normal, se puede tomar en dos tramos uno primero de al menos 3 horas ininterrumpidas y otro de al menos 9 horas ininterrumpidas, en es orden
  • «período de descanso diario reducido»: cualquier período de descanso de al menos 9 horas, pero inferior a 11 horas; 

«período de descanso semanal»: el período semanal de descanso durante el cual un conductor puede disponer libremente de su tiempo, y este puede ser:
  • «período de descanso semanal normal»: cualquier período de descanso de al menos 45 horas,
  • «período de descanso semanal reducido»: cualquier período de descanso inferior a 45 horas, pero de como minimo 24 horas


«tiempo diario de condución»: el tiempo acumulado total de conducción entre el final de un período de descanso diario o semanal y el principio del siguiente período de descanso diario o entre un período de descanso diario y un período de descanso semanal;

Tener presente estos conceptos porque son las piezas de un rompecabezas que daremos forma en la proxima entrada.


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